OBJETIVO
Acelerar, en el marco de lo establecido por el artículo 2.67 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera, que modifica el artículo 89 del ROTT, y por las Resoluciones de 24 de julio de 2020 y de 28 de julio de 2022 de la Dirección General de Transporte Terrestre, la implantación de las aplicaciones informáticas de las empresas concesionarias (contratistas de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general) para que sus usuarios formulen por medios electrónicos las reclamaciones que estimen pertinentes, así como la conexión de estas aplicaciones con el servicio web ofrecido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con objeto de que las empresas concesionarias remitan al Ministerio los datos de las citadas reclamaciones.
QUE INCLUYE ESTE SERVICIO
CATEGORÍA 8
IMPLANTACIÓN DE APLICACIONES PARA RECLAMACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS DESDE: 5.000 €
AYUDAS POR SEGMENTO
Existen 3 segmentos de beneficiarios, dependiendo del número de vehículos:
SEGMENTO 1
Importe
Hasta 3 vehículos
SEGMENTO 2
Importe
Más de 3 vehículos hasta 10 vehículos
SEGMENTO 3
Importe
Más de 10 vehículos
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